miércoles, 19 de diciembre de 2007

La licencia de obras

Toda obra o reforma a realizar, debe disponer de una licencia de obras que autorize su ejecución.

El organismo encargado de otorgar las licencias es el ayuntamiento correspondiente donde se ejecute la obra o reforma.

El precio de la licencia que cobran los ayuntamientos es una tasa municipal que varia entre un 2 y un 6 % del presupuesto de ejecución. Para solicitar la licencia de obras menores, nos presentaremos en el ayuntamiento correspondiente con el presupuesto de ejecución de la reforma, facilitado por el profesional.

La licencia de obras nos otorga la libertad para llevar a cabo la obra o reforma, según las especificaciones y detalles de los trabajos a realizar, durante un plazo previsto que suele ser bastante amplio y en la dirección solicitada.

De cara a los vecinos estaremos autorizados a ejecutar los trabajos dentro de los horarios establecidos por el ayuntamiento, sin preocuparnos de que algún vecino proteste por el polvo o los ruidos, y nos pueda denunciar.

La licencia de obras es una hoja que tiene que estar en sitio visible de la vivienda por si en algún momento es solictada por algún agente municipal o terceras personas.

Algunos particulares presentan presupuestos de menor importe para pagar una tasa inferior. En ciertas ocasiones, el particular no solicita la licencia de obras, con el consiguiente riesgo de que algún vecino le denuncie y la autoridad municipal le pare la obra, con el consiguiente retraso de la misma. Normalmente se solicita la licencia y se puede continuar con la obra.